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Multilingüismo: una ventaja y un compromiso

La presente Comunicación de la Comisión Europea hace hincapié en el valor de la diversidad lingüística en la Unión Europea (UE). Presenta los pasos que deberían darse para garantizar que se integre el multilingüismo en las políticas de la UE, con el objetivo de realizar el «objetivo de Barcelona» (los europeos deberían poder comunicarse en dos lenguas además de su lengua materna).

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Multilingüismo: una ventaja para Europa y un compromiso compartido [COM(2008) 566 final de 18.9.2008].

SÍNTESIS

La presente Comunicación de la Comisión Europea hace hincapié en el valor de la diversidad lingüística en la Unión Europea (UE). Presenta los pasos que deberían darse para garantizar que se integre el multilingüismo en las políticas de la UE, con el objetivo de realizar el «objetivo de Barcelona» (los europeos deberían poder comunicarse en dos lenguas además de su lengua materna).

¿QUÉ HACE LA PRESENTE COMUNICACIÓN?

  • Propone utilizar los programas e iniciativas existentes para fomentar el aprendizaje de lenguas, la evaluación de los conocimientos lingüísticos y seguir ampliando los planes de estudios de los intérpretes y traductores.
  • Refuerza la movilidad de los estudiantes y los trabajadores, comunica los resultados del estudio sobre conocimientos lingüísticos, estimula la creatividad y la innovación en el aprendizaje de lenguas y proporciona una plataforma para que las partes interesadas intercambien buenas prácticas.
  • Fomenta el uso de subtítulos y promueve la circulación de obras europeas; apoya los proyectos relacionados con tecnologías de la lengua y de la comunicación y la cooperación administrativa transfronteriza a fin de reducir la brecha lingüística.
  • Estimula el fomento de lenguas europeas en terceros países para reforzar los vínculos económicos y culturales.

PUNTOS CLAVE

  • El multilingüismo es importante para la cohesión social y la movilidad de los trabajadores. Constituye un punto clave en la Resolución del Consejo de 2008 que destaca una estrategia europea para el multilingüismo.
  • Debe prestarse más atención a los adultos y las personas que están fuera de la enseñanza formal, que tienden más a ser monolingües. Este concepto forma parte del principio de «aprendizaje permanente» formulado en la Recomendación del Consejo de 2012, que exhorta a los países de la UE a que ofrezcan oportunidades de trabajo a los ciudadanos basadas en experiencias informales.
  • El principio de aprendizaje permanente también es un elemento clave del programa Erasmus +, que reúne los planes actuales de la UE en materia de deporte, educación, jóvenes y formación y ofrece a más europeos la oportunidad de vivir y adquirir competencias en el extranjero.
  • Se puede reducir la brecha lingüística en la UE mediante los medios de comunicación, las nuevas tecnologías y los servicios de traducción.
  • La importancia del aprendizaje de idiomas y la evaluación de las competencias lingüísticas se reitera en las Conclusiones del Consejo de 2014 sobre el multilingüismo y el desarrollo de competencias lingüísticas.

TÉRMINOS CLAVE

El Programa de Aprendizaje Permanente (PAP) es un programa para que los europeos incorporen el aprendizaje en cualquier etapa de su vida. Se enmarca en el programa Erasmus +.

Para obtener más información, véase el sitio web de la Dirección General de Cultura y Educación de la Comisión Europea.

ACTOS CONEXOS

Resolución del Consejo, de 21 de noviembre de 2008, relativa a una estrategia europea en favor del multilingüismo (2008/C 320/01) (Diario Oficial C 320 de 16.12.2008, p. 1-3).

Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (2012/C 398/01) (Diario Oficial C 398 de 22.12.2012, p. 1-5).

Reglamento (UE) no 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+» de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones no 1719/2006/CE, no 1720/2006/CE y no 1298/2008/CE (Diario Oficial L 347 de 20.12.2013, p. 50-83).

Conclusiones del Consejo, de 20 de mayo de 2014, sobre el multilingüismo y el desarrollo de competencias lingüísticas (2014/C 183/06) (Diario Oficial C 183 de 14.6.2014, p. 26-29).

última actualización 19.12.2014

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